viernes, 28 de agosto de 2015

derecho a la vida como derecho fundamental ....clase tres



EL TEMA DE HOY SERA EL DERECHO A LA VIDA COMO DERECHO FUNDAMENTAL ES NECESARIO LEER LA PRESENTACION QUE SE DESCRIBE A CONTINUACION EN LA CUAL TENEMOS UNA BREVE EXPLICACION DE ESTE DERECHO....





La vida como derecho fundamental from Daniela Guerrón


Este derecho es quizas uno de los fundamentales por que de este deriva los otros derecho.-
El derecho a la vida es el derecho fundamental que tiene todo ser humano a que se respete su existencia, que solo debería poder perderse por causas naturales o accidentales.
Es el más importante de los derechos y precede a todos, ya que sin vida no puede gozarse de ninguna otra facultad. Es un derecho natural que el derecho positivo debería reconocer siempre, pero no ocurre así en la práctica.
El derecho a la vida, a pesar de su importancia puede legalmente ser avasallado en caso de guerra, por aplicación de la pena de muerte en aquellos estados que ya la tengan establecida, y también en aquellos países que consideran el aborto como no punible. En la mayoría de los casos, se privilegia el bienestar de la patria por sobre la vida de los ciudadanos, como en el caso de la guerra.
Con respecto a la pena de muerte puede ser mantenida por aquellos estados que ya la tienen legislada pero no puede ser incorporada como pena en el futuro por aquellos que no la hayan incorporado.





domingo, 23 de agosto de 2015

HISTORIA DE LOS DERECHOS HUMANOS clase dos

HOY APRENDEREMOS UN POCO DE HISTORIA DE LOS DERECHOS HUMANOS 

SEGUN EL MOMENTO HISTORICO EN EL CUAL FUERON APARARECIENDO LOS DERECHOS HUMANOS ESTOS SE CLASIFICAN COMO:
  1. DERECHO DE PRIMERA GENERACION
  2. DERECHOS DE SEGUNDA GENERACION
  3. DERECHOS DE TERCERA GENERACION
ES PRECISO ACLARAR QUE ESTA CLASIFICACIÓN RESPONDE UNICAMENTE A EVENTOS CRONOLOGICOS NINGUN DERECHO ES MAS IMPORTANTE QUE OTRO..... SE HACE ESTA CLASIFICACION UNICAMENTE CON EL OBJETIVO DE ESTUDIOS DE ESTOS SEGUN EL MOMENTO HISTORICO ....



DESARROLLAREMOS CADA UNA DE LAS GENERACIONES: 

1. Los Derechos de Primera Generación o Derechos Civiles y Políticos 

se refieren a los primeros derechos que fueron consagrados en los ordenamientos jurídicos internos e internacionales. Estos Derechos surgieron como respuesta a los reclamos que motivaron los principales movimientos revolucionarios de finales del siglo XVIII en occidente. Estas exigencias fueron consagradas como auténticos derechos y como tales difundidos internacionalmente.

Los Derechos Civiles y Políticos están destinados a la protección del ser humano individualmente, contra cualquier agresión de algún órgano público. Se caracterizan porque imponen al Estado el deber de abstenerse de interferir en el ejercicio y pleno goce de estos derechos por parte del ser humano.

El Estado debe limitarse a garantizar el libre goce de estos derechos, organizando la fuerza pública y creando mecanismos judiciales que los protejan. Los Derechos Civiles y Políticos pueden ser reclamados en todo momento y en cualquier lugar, salvo en aquellas circunstancias de emergencia que permiten el establecimiento de ciertas limitaciones de sólo algunas garantías.
Derechos de Primera Generación o Derechos Civiles y Políticos
  • Toda persona tiene los derechos y libertades fundamentales sin distinción de raza, sexo, color, idioma, posición social o económica
  • Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad jurídica
  • Nadie estará sometido a esclavitud o servidumbre
  • Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, ni se le podrá ocasionar daño físico, psíquico o moral
  • Nadie puede ser molestado arbitrariamente en su vida privada, familiar, domicilio o correspondencia, ni sufrir ataques a su honra o reputación
  • Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia
  • Toda persona tiene derecho a una nacionalidad
  • En caso de persecución política, toda persona tiene derecho a buscar asilo y a disfrutar de él, en cualquier país
  • Los hombres y las mujeres tienen derecho a casarse y a decidir el número de hijos que desean
  • Todo individuo tiene derecho a la libertad de pensamiento y de religión
  • Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión de ideas
  • Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacífica



2. Los derechos de Segunda Generación o Derechos Económicos, Sociales y Culturales 

tienen como objetivo fundamental garantizar el bienestar económico, el acceso al trabajo, la educación y a la cultura, de tal forma que asegure el desarrollo de los seres humanos y de los pueblos. Su reconocimiento en la historia de los Derechos Humanos fue posterior a la de los derechos civiles y políticos, de allí que también sean denominados derechos de la segunda generación.
La razón de ser de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales se basa en el hecho de que el pleno respeto a la dignidad del ser humano, a su libertad y a la vigencia de la democracia, solo es posible si existen las condiciones económicas, sociales y culturales que garanticen el desarrollo de esos hombres y esos pueblos.
La vigencia de estos derechos se encuentra condicionada a las posibilidades reales de cada país, de allí que la capacidad para lograr la realización de los mismos varía de país a país.
Estos derechos económicos, sociales y culturales, pueden exigirse al Estado en la medida de los recursos que efectivamente él tenga, pero esto no significa que el Estado puede utilizar como excusa para el cumplimiento de sus obligaciones, el no poseer recursos cuando en realidad dispone de ellos.
En este aspecto, deben verificarse los indicadores de desarrollo integral en relación con la distribución que hace el Poder Público de sus ingresos en razón de la justicia social.
Derechos de Segunda generación o Derechos Económicos, Sociales y Culturales
  • Toda persona tiene derecho a la seguridad social y a obtener la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales
  • Toda persona tiene derecho al trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias
  • Toda persona tiene derecho a formar sindicatos para la defensa de sus intereses
  • Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure a ella y a su familia la salud, alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica y los servicios sociales necesarios
  • Toda persona tiene derecho a la salud física y mental
  • Durante la maternidad y la infancia toda persona tiene derecho a cuidados y asistencia especiales
  • Toda persona tiene derecho a la educación en sus diversas modalidades
  • La educación primaria y secundaria es obligatoria y gratuita


3. Tercera generación :


Por su parte, la tercera generación de derechos, surgida en la doctrina en los años 1980, se vincula con la solidaridad. Los unifica su incidencia en la vida de todos, a escala universal, por lo que precisan para su realización una serie de esfuerzos y cooperaciones en un nivel planetario. Normalmente se incluyen en ella derechos heterogéneos como el derecho a la paz, a la calidad de vida o las garantías frente a la manipulación genética. Este grupo fue promovido a partir de los ochenta para incentivar el progreso social y elevar el nivel de vida de todos los pueblos. Entre otros, destacan los relacionados con: 
  • El uso de los avances de las ciencias y la tecnología.
  • La solución de los problemas alimenticios, demográficos, educativos y ecológicos.
  • El medio ambiente.
  • Los derechos del consumidor.
  • El desarrollo que permita una vida digna.
  • El libre desarrollo de la personalidad.



introduccion a los derechos humanos


El video nos muestra una pequeña introduccion al tema de derechos humanos para tener una idea del tema......... espero que les guste



¿QUE SON LOS DERECHOS HUMANOS? 


Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles.
Los derechos humanos universales están a menudo contemplados en la ley y garantizados por ella, a través de los tratados, el derecho internacional consuetudinario, los principios generales y otras fuentes del derecho internacional. El derecho internacional de los derechos humanos establece las obligaciones que tienen los gobiernos de tomar medidas en determinadas situaciones, o de abstenerse de actuar de determinada forma en otras, a fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de los individuos o grupos.




CARACTERÍSTICAS DE LOS DERECHOS HUMANOS


  •  UNIVERSALES E INALIENABLE: El principio de la universalidad de los derechos humanos es la piedra angular del derecho internacional de los derechos humanos. Este principio, tal como se destacara inicialmente en la Declaración Universal de Derechos Humanos, se ha reiterado en numerosos convenios, declaraciones y resoluciones internacionales de derechos humanos. En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena en 1993, por ejemplo, se dispuso que todos los Estados tenían el deber, independientemente de sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales.

  • Interdependientes e indivisibles : Todos los derechos humanos, sean éstos los derechos civiles y políticos, como el derecho a la vida, la igualdad ante la ley y la libertad de expresión; los derechos económicos, sociales y culturales, como el derecho al trabajo, la seguridad social y la educación; o los derechos colectivos, como los derechos al desarrollo y la libre determinación, todos son derechos indivisibles, interrelacionados e interdependientes. El avance de uno facilita el avance de los demás. De la misma manera, la privación de un derecho afecta negativamente a los demás.  

  • Iguales y no discriminatoriosEl principio se aplica a toda persona en relación con todos los derechos humanos y las libertades, y prohíbe la discriminación sobre la base de una lista no exhaustiva de categorías tales como sexo, raza, color, y así sucesivamente. El principio de la no discriminación se complementa con el principio de igualdad, como lo estipula el artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”.